GASTOS HOSPITALARIOS
1. ¿Qué son?
Son los pagos realizados a instituciones hospitalarias por servicios relacionados directamente con la hospitalización y atención médica de un paciente.
Pueden comprender, dependiendo de la operación:
hospitalización;
habitación hospitalaria;
quirófano;
anestesia;
recuperación;
determinados medicamentos suministrados durante la hospitalización;
materiales y servicios directamente relacionados con la atención hospitalaria;
otros conceptos clínicos u hospitalarios procedentes.
Para una persona asalariada, estos pagos pueden utilizarse como:
DEDUCCIÓN PERSONAL EN LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR
siempre que se cumplan todos los requisitos fiscales.
El SAT incluye expresamente los gastos hospitalarios dentro de las deducciones personales de salud.
2. ¿Un asalariado puede deducirlos?
✅ Sí.
Los gastos hospitalarios están expresamente reconocidos por la Ley del Impuesto sobre la Renta como una:
DEDUCCIÓN PERSONAL.
El beneficio se utiliza al determinar el ISR anual.
De manera simplificada:
Ingresos anuales
menos
deducciones personales procedentes
=
menor base para calcular el ISR anual.
Esto puede producir:
menor ISR anual;
menor ISR a pagar;
o incremento de un posible saldo a favor.
3. Fundamento legal principal
Ley del Impuesto sobre la Renta
Artículo 151, fracción I.
La disposición reconoce expresamente:
los gastos hospitalarios
realizados para el propio contribuyente o determinados familiares.
Por tanto, no se trata simplemente de una interpretación del SAT.
Existe:
fundamento expreso en Ley.
4. Fundamento complementario
Reglamento de la Ley del ISR
Artículo 264.
Esta disposición amplía qué gastos se consideran comprendidos dentro de la fracción I del artículo 151.
Incluye expresamente:
medicinas incluidas en documentos expedidos por instituciones hospitalarias;
honorarios a enfermeras;
análisis;
estudios clínicos;
prótesis;
compra o alquiler de aparatos para restablecimiento o rehabilitación.
Esto explica por qué una factura hospitalaria puede contener varios conceptos fiscalmente relevantes.
5. ¿Quién puede deducir el gasto?
Puede realizar la deducción el contribuyente que:
✅ efectivamente haya realizado el gasto;
✅ tenga el CFDI correspondiente;
✅ haya utilizado un medio de pago permitido;
✅ haya soportado efectivamente el gasto;
✅ cumpla los requisitos del artículo 151;
✅ y aplique el gasto en el ejercicio fiscal correspondiente.
Para nuestra guía nos enfocamos principalmente en:
personas físicas asalariadas.
El SAT incluye expresamente a quienes perciben Sueldos y Salarios entre las personas físicas que pueden utilizar deducciones personales.
6. ¿Para quién puede pagarse la hospitalización?
El gasto puede realizarse para:
✅ El propio contribuyente
✅ Cónyuge
✅ Concubina o concubino
✅ Padres
✅ Abuelos
✅ Hijos
✅ Nietos
Es decir:
ascendientes y descendientes en línea recta.
Fundamento:
Artículo 151, fracción I, LISR.
No comprende ordinariamente:
❌ Hermanos
❌ Tíos
❌ Primos
❌ Sobrinos
❌ Amigos
❌ Mascotas
7. Requisito relativo a los ingresos del familiar
Cuando el gasto hospitalario se realiza para un familiar permitido, debe verificarse además el requisito relativo a los ingresos anuales de ese beneficiario.
El SAT publicó para el ejercicio 2025 como referencia:
$41,274 anuales.
Para 2026, el valor anual de la UMA publicado por INEGI es:
$42,794.64.
Al preparar definitivamente la Declaración Anual 2026 deberá verificarse el criterio operativo que publique el SAT para ese ejercicio.
8. ¿Qué gastos hospitalarios pueden ser deducibles?
El SAT menciona expresamente dentro de los gastos relacionados con hospitalización:
✅ Hospitalización
✅ Uso de quirófano
✅ Anestesia
✅ Recuperación
✅ Medicamentos recetados y suministrados durante la hospitalización
✅ Otros servicios hospitalarios relacionados directamente con la atención médica
La regla fundamental es:
debe existir una relación real con la atención hospitalaria del paciente.
9. Habitación hospitalaria
Cuando la habitación forma parte de una hospitalización:
✅ puede formar parte del gasto hospitalario.
Ejemplo:
Hospitalización:
$15,000
Habitación:
$8,000
Quirófano:
$20,000
Recuperación:
$6,000
Estos conceptos pueden formar parte del gasto hospitalario siempre que:
estén correctamente documentados;
correspondan realmente al servicio;
cumplan los requisitos fiscales.
10. Uso de quirófano
El SAT identifica expresamente:
uso de quirófano
como ejemplo de gasto relacionado con hospitalización.
Por tanto:
✅ puede ser deducible.
No debe confundirse con:
honorarios del cirujano.
Son operaciones que pueden aparecer:
juntas;
o facturadas separadamente.
11. Anestesia
El SAT incluye también:
anestesia
dentro de los gastos hospitalarios que pueden formar parte de la deducción.
Sin embargo, debemos distinguir:
Servicio/cargo hospitalario de anestesia
de:
Honorarios profesionales del médico anestesiólogo.
Dependiendo de cómo se facture, pueden existir CFDI distintos.
12. Recuperación hospitalaria
Los servicios de:
recuperación
también pueden formar parte del gasto hospitalario procedente.
Esto puede incluir determinados servicios posteriores al procedimiento mientras el paciente continúa bajo atención hospitalaria.
Debe existir:
relación directa con la hospitalización.
13. ¿Las medicinas del hospital son deducibles?
✅ Sí, cuando cumplen una condición muy importante.
Deben encontrarse:
incluidas en los documentos que expida la institución hospitalaria.
El artículo 264 del Reglamento de la LISR establece expresamente esta posibilidad.
Por ejemplo:
Hospital privado factura:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Hospitalización | $20,000 |
| Quirófano | $15,000 |
| Medicamentos suministrados | $8,000 |
| Recuperación | $5,000 |
Los medicamentos forman parte del comprobante hospitalario.
✅ Pueden analizarse dentro de la deducción hospitalaria.
14. ¿Las medicinas compradas después en farmacia son deducibles?
❌ No como deducción médica personal ordinaria.
Ésta es una diferencia fundamental.
Medicamento incluido en factura hospitalaria:
✅ puede ser deducible.
Medicamento comprado directamente en farmacia:
❌ no procede como deducción personal médica.
Aunque:
exista receta;
exista CFDI;
se pague con tarjeta.
El SAT establece expresamente esta distinción.
15. Ejemplo: medicamento hospitalario vs farmacia
Durante una cirugía:
Medicamentos suministrados por hospital:
$7,000
Incluidos en factura hospitalaria:
✅ deducibles, sujeto a requisitos.
Después del alta:
Medicamentos comprados en farmacia:
$3,500
Factura de farmacia:
❌ no forman parte de la deducción personal médica ordinaria.
No debemos sumar automáticamente:
$10,500.
16. ¿Los honorarios del médico están incluidos automáticamente?
❌ No necesariamente.
En una hospitalización puede haber:
factura del hospital
y adicionalmente:
factura del cirujano;
factura del anestesiólogo;
factura de otro médico especialista.
Cada comprobante debe revisarse individualmente.
Ejemplo:
Hospital:
$80,000
Cirujano:
$30,000
Anestesiólogo:
$10,000.
Tenemos:
tres operaciones potencialmente distintas.
Todas pueden tener tratamiento fiscal propio.
17. ¿Se necesita CFDI?
✅ Sí.
Para que proceda la deducción deben existir comprobantes fiscales que acrediten las cantidades pagadas.
El artículo 151 establece expresamente que estas cantidades deben acreditarse mediante:
comprobantes fiscales.
18. Uso del CFDI
Para gastos hospitalarios ordinarios:
D01 — Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios.
Cuando el gasto se encuentre directamente relacionado con una incapacidad o discapacidad que cumpla los requisitos especiales:
D02 — Gastos médicos por incapacidad o discapacidad.
El SAT identifica expresamente ambas claves.
19. ¿Qué debe revisarse en la factura?
Como mínimo:
✅ RFC correcto del contribuyente
✅ Datos fiscales correctos
✅ Nombre del hospital
✅ Conceptos hospitalarios correctamente descritos
✅ Forma de pago
✅ Uso CFDI D01, cuando corresponda
✅ Claves de producto o servicio congruentes
✅ Importe correcto
✅ Fecha correspondiente
✅ Que no se estén incluyendo como deducibles conceptos improcedentes
El SAT recomienda expresamente revisar RFC, forma de pago, Uso CFDI y clave de producto o servicio.
20. ¿Cómo debe pagarse?
El artículo 151-I establece los siguientes medios:
✅ Transferencia electrónica
desde una cuenta a nombre del contribuyente.
✅ Tarjeta de crédito
✅ Tarjeta de débito
✅ Tarjeta de servicios
✅ Cheque nominativo del contribuyente
21. ¿Puede pagarse en efectivo?
❌ En principio, no.
Ejemplo:
Hospitalización:
$60,000
CFDI correcto:
✅
Hospital:
✅
Pero el contribuyente paga:
$60,000 en efectivo.
Existe un problema:
no se cumple ordinariamente el requisito del medio de pago.
El artículo 151 exige medios bancarizados para este tipo de deducciones.
Existe una excepción cuando la autoridad libera de esta obligación en poblaciones o zonas rurales sin servicios financieros.
22. ¿Desde qué cuenta debe pagarse?
El pago debe provenir de:
una cuenta o medio financiero a nombre del contribuyente que pretende deducir.
Ejemplo:
Padre hospitalizado.
Hija pagará el hospital y pretende deducirlo.
Lo recomendable es:
CFDI para la hija que aplicará la deducción;
pago desde tarjeta o cuenta de la hija;
padre como beneficiario permitido;
cumplimiento del requisito de ingresos del padre;
demás requisitos fiscales.
23. ¿En qué ejercicio se deduce?
Las cantidades deben ser:
efectivamente pagadas durante el año calendario correspondiente.
Fundamento:
artículo 151 LISR.
Ejemplo:
Factura hospitalaria:
28 de diciembre de 2026.
Pago:
3 de enero de 2027.
Para efectos de esta deducción debe analizarse el momento en que:
efectivamente se realizó el pago.
24. Hospitalización pagada parcialmente
Ejemplo:
Cuenta hospitalaria total:
$120,000.
En 2026 se pagan:
$80,000.
En 2027:
$40,000.
No debemos asumir automáticamente que los:
$120,000
son deducibles en 2026.
Debe revisarse:
qué cantidades fueron efectivamente pagadas en cada ejercicio.
25. ¿Existe un límite individual para gastos hospitalarios?
❌ No existe un tope monetario individual ordinario.
La Ley no establece algo como:
máximo $20,000 de hospital;
máximo $50,000;
máximo una hospitalización;
máximo una cirugía al año.
Pero los gastos hospitalarios ordinarios sí participan del:
límite general de deducciones personales.
26. Límite general: 15% o 5 UMA
Se debe comparar:
A) 15% de todos los ingresos anuales del contribuyente
incluidos los ingresos exentos.
contra:
B) 5 UMA anuales.
Se utiliza:
LA CANTIDAD MENOR.
El artículo 151 establece expresamente esta limitación.
27. ¿Cuánto son 5 UMA en 2026?
UMA anual 2026:
$42,794.64
Multiplicada por cinco:
$213,973.20
INEGI confirma para 2026 una UMA anual de $42,794.64.
28. Ejemplo sencillo del límite
Asalariado:
Ingresos totales anuales = $500,000.
15%:
$75,000.
5 UMA:
$213,973.20.
Se utiliza el menor:
$75,000.
Éste sería el límite general bajo este ejemplo.
29. Ejemplo con hospitalización
Cuenta hospitalaria procedente:
$60,000.
Límite general:
$75,000.
Si no tiene otras deducciones personales sujetas al mismo límite y cumple todos los requisitos:
los $60,000 se encuentran dentro del límite cuantitativo.
30. Ejemplo cuando la hospitalización supera el límite
Ingresos anuales:
$500,000.
Límite:
$75,000.
Hospitalización:
$130,000.
Aunque los $130,000 correspondan a gastos hospitalarios reales y correctamente documentados:
el límite general ordinario sería $75,000,
si no existe algún supuesto especial que excluya el gasto de dicho límite.
31. El límite se comparte con otras deducciones
Ejemplo:
Ingresos:
$500,000.
Límite general:
$75,000.
| Deducción | Importe |
|---|---|
| Hospital | $60,000 |
| Dentista | $10,000 |
| Psicólogo | $15,000 |
| Seguro médico | $12,000 |
| Total | $97,000 |
El contribuyente tiene:
$97,000 de gastos potencialmente procedentes.
Pero su límite general sería:
$75,000.
No existe un 15% separado para cada tipo de gasto.
32. Excepción: incapacidad o discapacidad
Aquí existe una regla especial.
Los gastos hospitalarios derivados de determinadas:
incapacidades
o
discapacidades
pueden quedar:
FUERA DEL LÍMITE GENERAL DE 15% / 5 UMA
cuando se cumplen los requisitos especiales del artículo 151-I.
Entre otros requisitos:
certificado o constancia de institución pública del Sistema Nacional de Salud;
relación directa del gasto con la incapacidad/discapacidad;
CFDI con la especificación correspondiente;
porcentaje mínimo cuando resulte aplicable.
La Ley establece para incapacidad temporal, permanente parcial o discapacidad:
igual o mayor al 50% de la capacidad normal,
en los supuestos señalados.
Esto tendrá su propia ficha especial.
33. ¿Qué pasa si el seguro paga parte de la hospitalización?
Sólo puede deducirse:
la cantidad que el contribuyente no recuperó.
El artículo 151 establece expresamente:
si se recupera una parte de estas cantidades:
únicamente se deduce la diferencia no recuperada.
34. Ejemplo con reembolso del seguro
Cuenta hospitalaria:
$150,000.
Aseguradora paga/reembolsa:
$110,000.
Cantidad efectivamente soportada por el contribuyente:
$40,000.
No sería correcto intentar deducir:
$150,000.
Debe analizarse:
$40,000
como cantidad efectivamente no recuperada, además de cumplir los demás requisitos.
35. ¿El deducible del seguro es automáticamente una deducción hospitalaria?
❌ No debemos asumirlo.
El SAT expresamente señala entre los conceptos que no deben deducirse automáticamente:
copago;
coaseguro;
membresías de descuento;
aunque aparezcan relacionados con una atención médica.
Por ello debemos distinguir:
gasto hospitalario facturado por el hospital
de:
obligaciones contractuales de la póliza de seguro.
36. Conceptos que pueden aparecer en el hospital pero NO son deducibles
Éste es uno de los puntos más importantes.
El SAT señala expresamente que no debe deducirse el 100% de una factura cuando contiene otros conceptos no deducibles.
Entre sus ejemplos se encuentran:
❌ Florería
❌ Cafetería
❌ Membresías de descuento
❌ Copago
❌ Coaseguro
entre otros.
Por tanto:
“Está dentro de una factura del hospital” no significa automáticamente “todo es deducible”.
37. Ejemplo de factura mixta
Factura hospitalaria:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Habitación | $15,000 |
| Quirófano | $20,000 |
| Medicamentos hospitalarios | $8,000 |
| Recuperación | $5,000 |
| Cafetería | $1,500 |
| Florería | $2,000 |
| Total | $51,500 |
No debemos asumir:
deducción = $51,500.
Los conceptos:
cafetería = $1,500
florería = $2,000
no deben considerarse dentro del gasto hospitalario deducible.
Monto inicialmente susceptible de análisis:
$48,000,
antes de revisar los demás requisitos.
38. Tratamiento de IVA de un hospital privado
Aquí existe una diferencia importante respecto del médico particular.
Los servicios hospitalarios prestados por un:
hospital privado
no tienen una exención general simplemente por tratarse de servicios de salud.
La regla general del IVA establece una tasa de:
16%.
La exención hospitalaria expresa del artículo 15, fracción XV, se refiere a servicios hospitalarios, radiología, laboratorios y estudios clínicos prestados por determinados:
organismos públicos descentralizados.
Por ello:
Hospital privado → normalmente IVA 16%.
39. Hospital público comprendido en la exención
El artículo 15, fracción XV, de la Ley del IVA establece exención para determinados servicios:
profesionales de medicina;
hospitalarios;
radiología;
laboratorios;
estudios clínicos;
cuando sean prestados por los organismos públicos descentralizados señalados por la disposición.
Por tanto:
hospital público comprendido en la norma → IVA exento.
40. Médico particular vs hospital privado
Esto puede producir una factura médica interesante.
Honorarios del cirujano médico
Cuando cumplen la hipótesis del artículo 15-XIV:
EXENTOS DE IVA.
Servicios del hospital privado
En términos generales:
IVA 16%.
Así, una cirugía puede generar:
| Prestador | Concepto | IVA |
|---|---|---|
| Médico cirujano | Honorarios profesionales médicos | Exento |
| Médico anestesiólogo | Honorarios médicos, si cumple supuesto | Exento |
| Hospital privado | Servicios hospitalarios | 16% generalmente |
Todos ellos pueden ser potencialmente deducibles para ISR si cumplen sus respectivos requisitos.
41. ¿Qué IVA tienen los medicamentos suministrados durante hospitalización privada?
Aquí existe una regla particularmente importante.
Cuando una medicina de patente se vende independientemente:
puede estar sujeta a tasa 0%.
Pero cuando el medicamento es suministrado:
como parte de los servicios de hospitalización,
el criterio normativo vigente del SAT establece:
IVA 16%.
El Criterio 9/IVA/N del Anexo 7 de la RMF 2026 señala expresamente que el suministro de medicamentos como parte del servicio hospitalario se considera gravado a la tasa general.
42. Ejemplo de medicamentos e IVA
Compra independiente en farmacia
Medicina de patente:
$1,000
IVA:
tasa 0%, cuando cumple el supuesto legal.
Pero para ISR personal:
❌ normalmente no es deducible como gasto médico.
Medicamento dentro del servicio hospitalario privado
Medicamentos suministrados:
$1,000
IVA 16%:
$160
Total:
$1,160
Para ISR:
✅ puede formar parte del gasto hospitalario cuando está incluido en el comprobante correspondiente.
Esto demuestra que:
IVA y deducibilidad de ISR son cuestiones diferentes.
43. ¿Qué ocurre con el IVA que paga el asalariado?
Un asalariado que únicamente utiliza este gasto como deducción personal:
no está acreditando el IVA como si desarrollara una actividad empresarial gravada.
Debe analizarse el:
desembolso efectivamente soportado y documentado,
junto con:
factura;
conceptos;
reembolsos;
medio de pago;
límite fiscal.
44. Documentos que conviene conservar
✅ CFDI XML del hospital
✅ PDF de la factura
✅ Estado de cuenta
✅ Comprobantes de transferencia
✅ Voucher de tarjeta
✅ Estado de cuenta hospitalario detallado
✅ Desglose de servicios
✅ Documentación de hospitalización
✅ Facturas separadas de médicos
✅ Documentos de la aseguradora
✅ Cartas de autorización del seguro
✅ Evidencia de reembolsos
✅ Documentación del familiar beneficiario
✅ Certificados de incapacidad/discapacidad cuando corresponda
45. Errores frecuentes
Error 1
Pensar que toda la cuenta del hospital es automáticamente deducible.
Error 2
Incluir cafetería o florería.
Error 3
Comprar medicamentos en farmacia y considerarlos gasto hospitalario.
Error 4
Pagar en efectivo.
Error 5
Pagar desde la cuenta de otra persona.
Error 6
No revisar el CFDI.
Error 7
Deducir el importe completo cuando la aseguradora reembolsó una parte.
Error 8
Confundir factura del hospital con factura del médico.
Error 9
Pensar que un hospital privado está exento de IVA por ser un servicio de salud.
Error 10
Pensar que los medicamentos hospitalarios siempre llevan IVA 0%.
Error 11
Deducir copago o coaseguro automáticamente.
Error 12
Pensar que cada deducción tiene su propio límite de 15%.
46. ¿Cómo impacta en la Declaración Anual?
De forma simplificada:
Ingresos anuales
↓
menos gastos hospitalarios deducibles y demás deducciones personales
↓
menor base correspondiente
↓
cálculo del ISR anual
↓
comparación contra ISR retenido por el patrón
↓
saldo a cargo o posible saldo a favor.
Por eso:
una hospitalización de $100,000 no significa una devolución de $100,000.
El efecto consiste en reducir la base correspondiente, sujeto al límite fiscal.
47. Ejemplo completo de un asalariado
Trabajador:
Ingresos anuales: $700,000.
Tiene una cirugía en hospital privado.
Factura hospitalaria:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Habitación | $18,000 |
| Quirófano | $30,000 |
| Medicamentos hospitalarios | $12,000 |
| Recuperación | $10,000 |
| Otros servicios hospitalarios procedentes | $8,000 |
| Cafetería | $2,000 |
| Florería | $1,000 |
Conceptos hospitalarios susceptibles de análisis:
$78,000.
Conceptos no deducibles del ejemplo:
$3,000.
Ahora calculamos el límite:
$700,000 × 15% = $105,000.
5 UMA 2026:
$213,973.20.
Menor:
$105,000.
Si no tiene otras deducciones sujetas al límite y no existió reembolso:
$78,000
se encuentra dentro del límite cuantitativo.
Pero supongamos que el seguro reembolsa:
$50,000.
Entonces la cantidad efectivamente no recuperada sería:
$28,000.
Ese importe sería el punto de partida para analizar la deducción efectiva.
48. Resumen rápido
| Elemento | Regla |
|---|---|
| ¿Es deducible? | ✅ Sí |
| Tipo | Deducción personal |
| Fundamento principal | Art. 151, fr. I LISR |
| Fundamento complementario | Art. 264 RLISR |
| Hospitalización | ✅ |
| Habitación hospitalaria | ✅ Cuando forma parte de hospitalización procedente |
| Quirófano | ✅ |
| Anestesia hospitalaria | ✅ |
| Recuperación | ✅ |
| Medicamentos incluidos en factura hospitalaria | ✅ |
| Medicamentos de farmacia | ❌ |
| Cafetería | ❌ |
| Florería | ❌ |
| Copago/coaseguro | ❌ No deducir automáticamente; SAT los identifica como conceptos improcedentes |
| CFDI | ✅ Obligatorio |
| Uso CFDI ordinario | D01 |
| Uso por incapacidad/discapacidad | D02 |
| Efectivo | ❌ Generalmente no |
| Transferencia | ✅ |
| Tarjeta | ✅ |
| Cheque nominativo | ✅ |
| Límite individual | Sin tope monetario individual ordinario |
| Límite general | Menor entre 15% de ingresos totales y 5 UMA |
| 5 UMA 2026 | $213,973.20 |
| Gasto por incapacidad/discapacidad calificado | Puede quedar fuera del límite general |
| Reembolso | Sólo se deduce la diferencia no recuperada |
| Hospital privado — IVA | 16% generalmente |
| Hospital público comprendido en LIVA 15-XV | Exento |
| Medicamento suministrado durante hospitalización privada | 16% como parte del servicio hospitalario |
49. Fundamentos jurídicos principales
Impuesto sobre la Renta
Ley del Impuesto sobre la Renta
Artículo 151, primer párrafo.
Artículo 151, fracción I.
Artículo 151, disposiciones especiales por incapacidad/discapacidad.
Artículo 151, regla de cantidades efectivamente pagadas.
Artículo 151, regla de cantidades recuperadas.
Artículo 151, último párrafo: límite general.
Reglamento de la Ley del ISR
Artículo 264: medicamentos incluidos en documentos hospitalarios, enfermería, análisis, estudios clínicos, prótesis y aparatos de rehabilitación.
50. Fundamentos de IVA
Ley del IVA
Artículo 1: tasa general del 16%.
Artículo 15, fracción XIV: servicios profesionales de medicina bajo los supuestos de exención.
Artículo 15, fracción XV: determinados servicios hospitalarios prestados por organismos públicos descentralizados.
Resolución Miscelánea Fiscal 2026 — Anexo 7
Criterio 9/IVA/N: medicamentos suministrados como parte del servicio hospitalario → tasa general del 16%.
51. Fuente administrativa principal
El SAT reconoce expresamente como deducibles:
gastos hospitalarios;
medicamentos incluidos en facturas hospitalarias;
análisis;
estudios;
prótesis;
enfermería;
aparatos de rehabilitación;
y señala expresamente que no deben incluirse medicamentos comprados en farmacia, cafetería, florería y otros conceptos no procedentes.
52. Regla práctica para el contribuyente
Antes de pagar una hospitalización que pretendas deducir, revisa:
1. ¿El gasto corresponde realmente a atención hospitalaria?
2. ¿El hospital expedirá CFDI correcto?
3. ¿La factura separa o permite identificar los conceptos cobrados?
4. ¿Existen cafetería, florería u otros gastos no deducibles?
5. ¿Los medicamentos están incluidos en la factura hospitalaria?
6. ¿Pagarás mediante tarjeta, transferencia o cheque desde una cuenta a tu nombre?
7. ¿El beneficiario está permitido por la Ley?
8. ¿El seguro pagará o reembolsará alguna parte?
9. ¿Existen facturas separadas de médicos?
10. ¿El gasto está dentro de tu límite general o corresponde a un supuesto especial de incapacidad/discapacidad?
53. Mensaje sencillo para el asalariado
Los gastos de hospitalización pueden ser deducibles en tu Declaración Anual cuando cuentes con CFDI, pagues mediante un medio bancarizado desde una cuenta a tu nombre y cumplas los demás requisitos fiscales. Pueden incluir hospitalización, quirófano, anestesia, recuperación y medicamentos incluidos en la factura hospitalaria. No debes incluir automáticamente conceptos como cafetería, florería, copago, coaseguro ni medicamentos comprados directamente en farmacia. Los gastos hospitalarios ordinarios forman parte del límite general: el menor entre 15% de tus ingresos anuales y 5 UMA.
54. Aviso importante
Una factura emitida por un hospital:
NO significa que el 100% de su importe sea automáticamente deducible.
Debe revisarse:
concepto por concepto.
La operación correcta es:
FACTURA → CONCEPTOS → PAGO → REEMBOLSO → BENEFICIARIO → LÍMITE → DEDUCCIÓN.
Además:
Deducible para ISR ≠ exento de IVA.
En términos generales:
✅ Gastos hospitalarios privados: pueden ser deducibles para ISR.
🔵 Hospital privado: IVA 16% generalmente.
🟢 Servicios hospitalarios públicos comprendidos en LIVA 15-XV: exentos.
💊 Medicamentos suministrados dentro de hospital privado: IVA 16% como parte del servicio hospitalario.
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